01/10/2026
Desde el 1 de octubre de 2026 está en vigor el Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, que modifica el Reglamento General de Circulación. Aunque buena parte de la atención mediática se ha centrado en patinetes, ciclistas y motoristas, la reforma también trae cambios que afectan directamente al día a día de quienes conducen por trabajo: transportistas, repartidores de última milla, conductores de grúas y de vehículos de asistencia.
Hasta ahora, los distribuidores de mercancías podían prescindir del cinturón de seguridad cuando hacían operaciones sucesivas de carga y descarga en lugares próximos entre sí, la típica ruta de reparto urbano con paradas cada pocos metros. Esa excepción desaparece: el cinturón pasa a ser obligatorio también en estos desplazamientos. La misma excepción se elimina para los taxistas, y solo se mantienen algunos supuestos ligados a servicios de urgencia.
Para las empresas de reparto el cambio es sencillo de explicar pero obliga a revisar hábitos muy asentados, sobre todo en furgonetas con muchas paradas por jornada.
La reforma fija cómo hay que pasar junto a vehículos inmovilizados por avería o accidente y junto a los que realizan labores de auxilio, mantenimiento de la carretera o regulación del tráfico. Quien se acerque deberá reducir la velocidad al menos 20 km/h por debajo del límite de la vía y mantener una separación lateral mínima de 1,5 metros, pudiendo ocupar el carril contrario si hace falta para respetar esa distancia.
Es una medida pensada para proteger a quienes trabajan en el arcén, incluidos los propios camioneros cuando tienen que detenerse por una avería, y a los operarios de grúas y asistencia en carretera.
Para adelantar a un ciclista se mantiene la distancia lateral de 1,5 metros, pero ahora fuera de poblado habrá que circular al menos 20 km/h por debajo del límite de la vía durante toda la maniobra. En vías con más de un carril por sentido, el adelantamiento exige cambiar completamente de carril. En ciudad, el vehículo que circule detrás de una bicicleta en el mismo carril tendrá que guardar una distancia mínima de 5 metros.
Para los vehículos pesados, por su longitud y por el efecto del aire que desplazan, estas reglas suponen en la práctica maniobras más largas y más planificadas.
En autopistas y autovías, cuando el tráfico quede detenido o avance a paso muy lento, los conductores tendrán que formar un pasillo para los vehículos de emergencia. Con dos carriles, cada uno se aparta hacia su borde; con tres o más, el carril izquierdo se desplaza a la izquierda y el resto a la derecha, dejando libre el espacio entre los dos carriles de la izquierda.
Con nieve, queda prohibido adelantar y hay que circular por el carril derecho (o por el contiguo en vías de tres o más carriles), dejando los de la izquierda libres para quitanieves y servicios de emergencia. Es una situación que los conductores de camión conocen bien en los puertos de montaña cada invierno.
Quienes trabajen con bicicleta, patinete, ciclomotor o motocicleta deberán llevar casco y chaleco reflectante en todo momento. Además, el reglamento abre la puerta a que los ayuntamientos regulen con más detalle las zonas de prioridad residencial, la carga y descarga y las condiciones de la distribución urbana, tanto de día como de noche, algo que conviene vigilar en cada ciudad donde se hacen entregas.
Las empresas con conductores asalariados o colaboradores harían bien en trasladar estos cambios a sus equipos con una comunicación breve y práctica, especialmente lo relativo al cinturón en reparto y a la forma de pasar junto a vehículos detenidos, que son las situaciones más frecuentes en ruta. Algunas de las novedades del reglamento, como ciertas obligaciones para patinetes y ciclomotores, tienen plazos de aplicación posteriores, por lo que será necesario seguir atentos a las próximas fechas.